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España promulga el decreto del Seguro y se adapta a la normativa Europea Solvencia II

 

El Gobierno español aprobó la semana pasada un decreto de ordenación, supervisión y solvencia para las entidades aseguradoras. Esta medida establece unas condiciones mínimas de capital, con las que debe de partir cualquier empresa para asegurar su solvencia y proporcionar la competencia entre aseguradoras.

REVISIÓN DE SOLVENCIA

La importancia de esta medida radica en que el modelo español se adapta a la norma europea.

Solvencia II, que entra en vigor a partir del día 1 de enero de 2016.

Cabe destacar que tres son los pilares de este Real Decreto del seguro:

  • Indicar los requisitos mínimos de capital que deben de tener las compañías,
  • Facilitar la competencia entre ellas
  • Tener transparencia en su actividad.

Si por algún casual la viabilidad de la empresa sufre alguna incidencia, el plan recoge una hoja de ruta para la recuperación y financiación en un corto periodo de tiempo.  Esta medida de solvencia indica el cálculo de provisiones técnicas y de capital de solvencia obligatorio, así como clasificación de fondos propios.

Esta nueva medida de solvencia garantiza a las entidades que cuenten con capital suficiente en una mala situación económica y de ciertos riesgos

ALGUNA NOVEDAD

Otra de las novedades de la norma es que las empresas tendrán una estrecha relación con las autoridades para colaborar con ellos en cualquier tema necesario. Esta medida conlleva la aparición de nuevos cargos como el colegio de supervisores o el supervisor del grupo.

Además, las aseguradoras tendrán la obligación de proporcionar más información al tomador. En concreto, la medida quiere que se proteja al consumidor en materia de seguros de vida y de enfermedad. Si desea más información acerca de alguno de nuestros seguros o simplemente quiere conocer más sobre el Decreto del seguro, puede ponerse en contacto con nosotros en este teléfono (91 422 55 00) o a través de este enlace.